Los alquileres por meses de pisos amueblados en Lisboa tienen un alquiler mediana de 1.748 € para pisos de un dormitorio, 2.200 € para pisos con dos o más dormitorios, 985 € para estudios y 525 € para habitaciones en pisos compartidos, con rangos de precios que varían de 450 € para habitaciones a 3.118 € para pisos más grandes y con los gastos incluidos en el 81 % al 93 % de los anuncios (observatorio de Flexsirent, octubre de 2026). Los requisitos legales para viviendas no permanentes difieren de los contratos de alquiler estándar (Código Civil, artículos 1069 y 1095 n.º 2 y 3 (Lei 31/2012, artículo 2; Lei 13/2019, artículo 2)).
Precios del alquiler por meses amueblado en Lisboa según tipo de vivienda
Los precios del alquiler de media estancia en Lisboa varían considerablemente según el tipo de vivienda.
Piso de un dormitorio
La renta mediana mensual anunciada para un piso de un dormitorio es de 1.748 €. La mitad de los 101 anuncios observados se sitúan entre 1.450 € y 2.321 €, y el 86 % de ellos incluyen gastos en el precio (observatorio de Flexsirent, octubre de 2026).
Piso de dos dormitorios o más grande
Para los pisos de dos dormitorios o más, el alquiler mensual publicitario mediano es de 2.200 €. El rango intercuartílico para estas propiedades está entre 1.600 € y 3.118 €, con gastos incluidos en el 81 % de los 124 anuncios observados (observatorio de Flexsirent, octubre de 2026).
Estudio
Los estudios tienen una renta mediana mensual anunciada de 985 €. La mitad de los 88 anuncios tienen un precio entre 814 € y 1.254 €, y el 93 % de ellos incluyen gastos (observatorio de Flexsirent, octubre de 2026).
Habitación en piso compartido
La renta mediana mensual anunciada para una habitación en un piso compartido es de 525 €. La mitad de los 436 anuncios que hemos observado se sitúan entre 450 € y 600 €, y los gastos están incluidos en el 88 % de estos anuncios (observatorio de Flexsirent, octubre de 2026).
Fianza y normas de pago
La fianza no puede superar el valor de dos meses de alquiler, y el alquiler solo se puede pagar por adelantado mediante un acuerdo escrito y por un máximo de dos meses (Código Civil, artículo 1076 n.º 1 e 2 (Lei 24-D/2022, artículo 274)). Los pagos en efectivo de 3.000 € o más están prohibidos, aunque el límite es de 10.000 € para personas físicas que no residen en Portugal y no actúan como empresa (Lei Geral Tributária, artículo 63-E n.º 1, 3, 4 e 5 (Lei 92/2017)). Tanto la fianza como los pagos del alquiler deben respetar estos límites legales, y el efectivo está restringido para cantidades superiores a los límites especificados.
Cláusulas del contrato de alquiler para viviendas no permanentes
Todo contrato de alquiler urbano debe formalizarse por escrito (Código Civil, artículos 1069 y 1095 n.º 2 y 3 (Ley 31/2012, artículo 2; Ley 13/2019, artículo 2)). Aunque los contratos de alquiler de vivienda a plazo fijo suelen tener una duración de entre 1 y 30 años, este requisito de un año mínimo no se aplica a los contratos de vivienda no permanente o para fines transitorios específicos, como los relacionados con el turismo, la educación, la formación o motivos profesionales, siempre que la razón quede especificada en el contrato. Para estos casos concretos, no se establece una duración mínima ni máxima para el contrato de alquiler.
Pasos para alquilar: Registro e identificación
Para alquilar una vivienda en Lisboa, es necesario seguir ciertos pasos de identificación y registro que varían según la nacionalidad del inquilino.
Ciudadanos de la UE, el EEE o Suiza
Los ciudadanos de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza que permanezcan en Portugal más de 3 meses deben registrarse en el ayuntamiento de su residencia (Lei 37/2006, artigo 14). Este registro debe completarse en un plazo de 30 días después de los primeros 3 meses de estancia, lo que dará lugar a la emisión de un Certificado de Registo con validez de 5 años.
Ciudadanos de otros países
Los ciudadanos de países fuera de la Unión Europea deben tener un visado de residencia para su estancia, como un visado de trabajo (que requiere un contrato de trabajo o promesa de contrato), estudios, investigación, prácticas (que requiere condiciones generales y seguro médico), o un visado para nómadas digitales para trabajo remoto para clientes o empleadores fuera de Portugal (que requiere prueba de la relación laboral o de prestación de servicios) (Lei 23/2007, artigos 59 n.º 5, 61-B e 62 n.º 1 (republicação anexa à Lei 18/2022); Lei 61/2025). Además, el NIF (número de identificación fiscal) es obligatorio para cualquier persona con obligaciones o derechos fiscales en Portugal y es necesario para contratos, empleo y la apertura de cuentas bancarias (Decreto-Lei 14/2013; Autoridade Tributária (Portal das Finanças)). Un extranjero puede obtener el NIF en persona en cualquier Serviço de Finanças con cita previa, o a través de un representante legal en el Portal das Finanças, presentando pasaporte y prueba de domicilio extranjero.
Obligaciones del propietario y recibos de alquiler
El propietario está obligado a declarar cada contrato de alquiler, incluyendo cualquier modificación o finalización, a la administración tributaria mediante la presentación del Modelo 2 del Impuesto de Timbre al final del mes siguiente al inicio del contrato (Código del Impuesto de Timbre, artículo 60 (Portaria 98-A/2015); Portaria 156/2018). A continuación, se aplica un impuesto de timbre del 10% de un mes de alquiler y el propietario debe emitir un recibo de alquiler electrónico en el momento en que reciba cualquier renta, fianza o pago anticipado.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el alquiler mediano para un piso de un dormitorio en Lisboa?
La renta mediana mensual anunciada para un piso de un dormitorio es de 1.748 € (observatorio de Flexsirent, octubre de 2026).
¿Cuál es la fianza máxima que puede cobrar un propietario?
La fianza no puede exceder el valor de dos meses de alquiler (Código Civil, artículo 1076 n.º 1 y 2 (Ley 24-D/2022, artículo 274)).
¿Puedo pagar el alquiler en efectivo y existen límites?
Está prohibido el pago en efectivo de importes superiores a 3.000 €, aunque este límite es de 10.000 € para personas físicas que no sean residentes en Portugal y no actúen como empresa (Ley General Tributaria, artículo 63-E n.º 1, 3, 4 y 5 (Ley 92/2017)).
¿Necesitan los ciudadanos de la UE un visado de residencia o algún registro especial para alquilar en Lisboa?
Los ciudadanos de la Unión Europea no necesitan visado de residencia, pero aquellos que permanezcan más de 3 meses deben registrarse en el ayuntamiento en un plazo de 30 días a partir de ese período para obtener un Certificado de Registo (Ley 37/2006, artículo 14). Los ciudadanos de países fuera de la Unión Europea sí necesitan un visado de residencia (Ley 23/2007, artículos 59 n.º 5, 61-B y 62 n.º 1 (republicación anexa a la Ley 18/2022); Ley 61/2025).
